Mediación Civil y Mercantil


Definición de la mediación en asuntos civiles y mercantiles

 

La mediación es, en muchos sentidos, muy novedosa en España. El Real Decreto regulador de la Mediación Civil y Mercantil, aprobado por el Gobierno el mes pasado, así lo revela. En las noticias de presentación de dicho Real Decreto se puso de manifiesto un dato muy relevante.

 

En la actualidad, hay 9.000.000 de asuntos en tramitación en los Juzgados y Tribunales españoles. El ratio es de 1 por cada 5 españoles, y no incluye los asuntos que, en preparación, todavía no han accedido a los órganos de administración de justicia.

 

La mediación es una alternativa al derecho a acceder a los Tribunales de Justicia, y brinda a las personas involucradas en el conflicto la oportunidad de tener un papel activo en cómo se soluciona, en vez de dejar la decisión en manos de un juez, u otro tercero que pueda adoptarla.

 

Intentar una mediación no supone la renuncia al derecho a acudir a los tribunales. Si la mediación no resulta exitosa, la persona continúa pudiendo acceder a ellos, si así lo desea.

 

La mediación es un proceso de “tiempo determinado” (la mayoría de las mediaciones de este tipo se resuelven entre dos y cuatro sesiones) al que pueden acudir las partes a fin de (con independencia de que el asunto haya llegado ya a los tribunales o no) alcanzar un acuerdo con la facilitación de una persona neutral (el mediador) experta en técnicas de comunicación, solución de problemas, y negociación.

 

La mediación es un proceso relativamente sencillo en el que el mediador ofrece a las partes en conflicto, de manera conjunta, la oportunidad de resolver sus diferencias de una forma aceptada por ambas. en un juicio, generalmente hay un ganador, y un perdedor. Al finalizar la mayoría de las mediaciones, ambas partes en conflicto salen satisfechas con los resultados obtenidos.

 

¿Quién media en asuntos civiles y mercantiles?

En un proceso de mediación privado, generalmente el primer acuerdo de los mediados consiste en determinar quién va a actuar como mediador. La cuestión más importante al elegir un mediador es asegurarse de que el mediador tiene experiencia, y una formación adecuada. Actualmente, en España, y en muchos otros países, los requisitos (pendientes de determinar) pueden ser pequeños; esta es una razón importante para que, si Ud. está interesado en encontrar un mediador, se asegure de ambas cuestiones: que tenga tanto una formación amplia como una práctica igualmente extensa.

  

¿Qué tipo de asuntos se median?

Casi todos los conflictos pueden llevarse a un proceso de mediación. Los Jueces y Tribunales van a poder, ahora, aconsejar a las partes que están litigando ante ellos, que acudan a una mediación civil/mercantil por muchas razones: el sistema judicial en España no tiene los recursos para manejar todos los asuntos que contribuyen a su atasco; históricamente, a lo largo del mundo, las partes que acuden a una mediación  alcanzan un acuerdo con el que ambas están conformes; la mediación toma una cantidad de tiempo significativamente inferior a un proceso judicial, y es considerablemente menos cara (para los mediados, para el propio Estado). Adicionalmente, la mediación no impide acudir, posteriormente, a los Tribunales.